La Lic. María Gabriela García, Jefa del Departamento de Asesoramiento y Evaluación Curricular de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria, brindó el miércoles 26 de agosto una charla sobre los procesos de gestión, evaluación curricular y certificación de títulos universitarios en la Argentina, en el marco de la Ley de Educación Superior.
Durante el encuentro, dirigido a docentes y autoridades de la UdeMM, se abordaron aspectos vinculados con la evaluación curricular, los títulos y sus alcances, los procedimientos para su reconocimiento y certificación y la implementación del Sistema Argentino de Créditos Académicos Universitarios (SACAU).
Artículos 42 y 43 de la Ley de Educación Superior
Uno de los ejes centrales fue la diferencia entre las carreras comprendidas en los artículos 42 y 43 de la Ley de Educación Superior. Las carreras comprendidas en el artículo 42 corresponden a títulos de interés general, en los que las universidades cuentan con autonomía para definir sus planes de estudio, carga horaria, contenidos y alcances. Su evaluación curricular se realiza ante las áreas competentes de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria y no requiere procesos periódicos de acreditación ante la CONEAU.
En cambio, las carreras incluidas en el artículo 43 corresponden a profesiones reguladas cuyo ejercicio puede comprometer la salud, la seguridad o los bienes de las personas. Por este motivo, deben cumplir con estándares establecidos por el Estado y con las actividades profesionales reservadas para cada título, además de contar con la intervención y acreditación periódica de la CONEAU.
La presentación permitió comprender así los diferentes marcos regulatorios que intervienen en la creación, evaluación y desarrollo de las propuestas académicas universitarias, así como el alcance de las responsabilidades institucionales en cada caso.
Reconocimiento oficial, validez nacional y certificación
Otro de los temas abordados fue el reconocimiento oficial y la validez nacional de los títulos. En este punto, se destacó que el reconocimiento y la validez nacional se otorgan al título y no a la carrera, y que constituyen una condición necesaria para el dictado regular de una propuesta académica y para la posterior certificación de los diplomas y certificados analíticos de los egresados.
También se analizaron los procedimientos vinculados con la gestión curricular y la certificación, poniendo en relación las decisiones académicas de las universidades con los circuitos administrativos y regulatorios establecidos a nivel nacional.
El Sistema Argentino de Créditos Académicos Universitarios
La exposición incluyó asimismo los avances en la implementación del Sistema Argentino de Créditos Académicos Universitarios (SACAU), que propone una nueva forma de considerar la dedicación que demanda una trayectoria universitaria.
El sistema toma en cuenta el tiempo total de trabajo del estudiante y no solamente las horas de cursada frente al docente. De este modo, contempla también las horas destinadas al estudio, la lectura, la preparación de trabajos prácticos y otras actividades vinculadas con el aprendizaje.
En este marco, un crédito representa entre 25 y 30 horas de dedicación total del estudiante y se establece como referencia una carga de 60 créditos por año. Para las carreras de pregrado se contempla un mínimo de 120 créditos, mientras que para las carreras de grado la referencia es de 240 créditos.
Más allá de la medición de la carga académica, el sistema busca favorecer la movilidad y las equivalencias entre instituciones, facilitar trayectorias más flexibles y posibilitar el reconocimiento de diferentes recorridos formativos, incluyendo certificaciones intermedias y espacios curriculares optativos.
La implementación y la autonomía universitaria
Uno de los interrogantes planteados durante el intercambio estuvo relacionado con la forma en que las universidades implementarán el sistema de créditos y con el nivel institucional en el que se definirán sus criterios de aplicación: si corresponderá a la universidad, a las facultades o a cada espacio curricular.
En respuesta a esta cuestión, se destacó el principio de autonomía universitaria como un aspecto central. El marco normativo establece referencias generales, mientras que corresponde a cada institución definir los criterios y mecanismos para su implementación de acuerdo con sus características y propuestas académicas.
Este aspecto dejó planteado uno de los desafíos que deberán afrontar las instituciones: traducir el nuevo marco regulatorio en criterios y procedimientos institucionales que puedan integrarse a los planes de estudio y acompañar las trayectorias de los estudiantes.
Sistemas de gestión y acompañamiento institucional
Durante la jornada también se presentaron los sistemas informáticos que articulan la gestión entre las instituciones universitarias y la Dirección Nacional de Gestión Universitaria, utilizados para los trámites vinculados con cuestiones curriculares y de certificación.
Asimismo, se abordó la importancia de acompañar a las instituciones ante los cambios que introduce la nueva normativa, tanto en la comprensión de los procedimientos como en su implementación. En este sentido, el intercambio permitió identificar la necesidad de sostener espacios de actualización y consulta que faciliten la incorporación progresiva de los nuevos criterios a la gestión académica.
La Lic. García respondió las preguntas formuladas por docentes y autoridades y profundizó sobre distintos aspectos vinculados con la aplicación de la normativa. El intercambio permitió, además, dejar planteadas cuestiones que requieren análisis y definición en el ámbito de cada institución.
La actividad contó con participación presencial y a través de Meet y constituyó un espacio de actualización e intercambio sobre los procesos que vinculan la gestión académica de las universidades con los marcos regulatorios nacionales.









